Asuntos Universitarios stunam

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Atribuciones estatutarias
       
Artículo 47. Son atribuciones del Secretario de Asuntos Universitarios:    
  a) Representar al Sindicato en todos aquellos eventos en los que participen las diferentes organizaciones universitarias que actúen en la UNAM y en otras universidades de común acuerdo con el Secretario de Relaciones.

b) Mantener relaciones con las Academias, Colegios de profesores y órganos democráticos de gobierno que existan en la UNAM en coordinación con las Secretarías de Organización Académica y de Trabajo y Conflictos Académicos.

c) Promover la participación del Sindicato en las actividades que tengan por objetivo la transformación de la Universidad.

d) Participar en la organización de eventos tendientes a analizar la problemática universitaria.

e) Formar parte de la Comisión Editorial del Sindicato.

f) Promover y realizar las investigaciones sobre el estado que guardan la enseñanza y la investigación.

g) Propugnar por la participación de los miembros del Sindicato en la reforma de los planes de estudio e investigación.

h) Propugnar por la participación de los miembros del Sindicato en la elaboración de los planes académicos que permitan una coordinación óptima entre los distintos centros de enseñanza e investigación.

i) Representar al Sindicato en todos los problemas de carácter académico.

j) Acordar con el Secretario General los asuntos a su cargo.

k) Las demás que le confiere el Estatuto, los acuerdos sindicales y las que se desprendan de la naturaleza de su cargo.
 
       
       
       

STUNAM. Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México. Centeno No. 145,
Col. Granjas México, Del. Iztapalapa, CP. 098110, Tel. 55 82 21 35, Derechos Reservados ® 2022.