septiembre
2006 Suplemento No
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No nos vamos a meter en una cueva: impulsaremos Ángel Granados Velasco Unas cuantas horas después de que se conoció el fallo del Tribunal Electoral a favor del panista Felipe Calderón, el senador perredista y coordinador de la campaña de Andrés Manuel López Obrador, Jesús Ortega dijo que la resistencia civil no acaba con la decisión de los Magistrados, que en la Convención Nacional Democrática se tomarán decisiones trascendentales para el futuro del movimiento y que se equivocan quienes piensan que habrá un reconocimiento a la administración espuria. ¿Cuál es el diagnóstico que han hecho sobre el fallo del Tribunal? En nuestro diagnóstico, lesiona gravemente la vida social y política del país. Uno puede aceptar que le sea adverso el fallo de un Tribunal, incluso puede entender que hayan razones, pero lo que no se puede admitir es una resolución así porque va en contra de la dignidad. Siempre hablan de irregularidades, de ilegalidad, de una participación anormal del presidente Vicente Fox, pero según ellos dichas anomalías nunca influyeron en el resultado. Fue grotesca la intervención de la Magistrado Alfonsina Berta Navarro Hidalgo quien a pesar de reconocer un cúmulo de violaciones por parte del presidente y de la iniciativa privada concluyó que no influyeron en la victoria de Calderón. Fue como el viejo chiste de que se puede estar medio embarazada. Con qué criterio determinó que la intervención del Presidente estuvo a punto de influir en el resultado, por qué la violación de una ley no tiene impacto, según el criterio absurdo de la señora Alfonsina. ¿Bajo qué consideración elementalmente lógica, una guerra sucia, como ellos mismos lo mencionan no impactó en el proceso electoral?, ¿Bajo qué criterio puede decir una Magistrada que como la violación se dio un mes antes no impactó en el proceso electoral? Como se ve es aberrante, grotesca e indignante la actitud de los jueces. Si hubieran buscado la manera de hacer enojar a millones de mexicanos encontraron la mejor forma de hacerlo. ¿ Y ahora qué piensan hacer? Como mujeres y hombres dignos continuar con nuestras acciones reconstituir el marco constitucional. Pero no nos vamos a quedar ahí, vamos a aprovechar la coyuntura para de una vez por todas avanzar en la construcción de la verdadera República. Con otras fuerzas vamos a convocar a un gran Congreso Constituyente para hacer cambios profundos en la Constitución. Los mejores académicos del país y abogados han señalado que es necesaria otra Carta Magna. Incluso Cuauhtémoc Cárdenas, antes de que aceptara ser parte de los festejos de bicentenario de la Independencia estaba elaborando una nueva Constitución. En el PRD vamos a seguir luchando, porque la otra opción sería enclaustrarnos, meternos en una cueva, rumiar nuestra derrota, lamer las heridas y peor todavía, decirle a la gente: nos hicieron fraude, váyanse a su casa, no podemos hacer nada; nosotros no somos así. Vamos a impulsar desde el Congreso y desde el uso de nuestras libertades políticas estos cambios. Algunos de los 29 sin embargo del TRIFE Durante la sesión pública en la que el tribunal electoral declaró presidente electo a Felipe Calderón, el dictamen de los Magistrados reconoció explícitamente violaciones a la Ley por parte del presidente Vicente Fox, del Consejo Coordinador Empresarial, del PAN, del propio Calderón y hasta del Dr. Simi, entre otros. Pero el documento utiliza casi 30 veces la palabra sin embargo para exculpar de toda responsabilidad a quienes fueron artífices de la campaña de desprestigio más sucia en la historia del País. (...) "Uno de los contendientes en el proceso electoral, a saber, la coalición Por el Bien de Todos aduce la existencia de actos anticipados de campaña, realizados por militantes de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, desde antes de que comenzara el proceso interno de selección correspondiente, que se afirma afectaron la realización del proceso electoral, lo que generó ventaja a favor de los candidatos postulados por los citados institutos políticos; sin embargo, no se advierte de qué militantes se trató, la forma en que dieron a conocer públicamente sus intenciones, ni en qué consisten los actos reputados como anticipados de campaña, de ahí que no sea posible desprender hechos, autores y, en su caso, la relación con algún partido político y menos que se hubiera generado una contienda desigual. (...) "Los acuerdos del consejo general fueron impugnados y, por lo tanto, llegaron al conocimiento de la Sala Superior , la cual fijó el procedimiento administrativo conforme al cual deberían tramitarse estas quejas y en algunos recursos y en acuerdos posteriores del Consejo General del Instituto Federal Electoral, se estimó que algunos mensajes eran contrarios a la ley, de los atribuidos al Partido Acción Nacional y a las coaliciones Alianza por México (aunque ésta en menor medida) y Por el Bien de Todos, así como los difundidos por el Consejo Coordinador Empresarial. La divulgación de estos spots sin duda generan efectos negativos, que atentan en contra del principio de la libertad del voto, en tanto que pueden constituir un factor determinante que influya en el ciudadano para orientar su elección electoral en determinado sentido. (...) Los efectos negativos de una campaña de esta naturaleza difícilmente pueden ser medidos de manera precisa, pues no existe referentes o elementos objetivos que permitan arribar a una conclusión definitiva, inobjetable y uniforme, de la relación causa-efecto entre la propaganda negativa y el sentido concreto de la votación emitida en una elección. Sin embargo, existen distintos factores que en su conjunto pueden evidenciar si una determinada propaganda puede o no generar la afectación a la libertad del ciudadano para emitir su voto". (...) "Sin embargo, esta Sala Superior no encuentra elementos que pongan en evidencia los efectos producidos por las campañas electorales y en particular por los mensajes o promocionales referidos". (...) "En tal virtud, es necesario tener en cuenta el contenido de un diverso spot difundido por los candidatos del Partido Acción Nacional al Senado de la República en el que, claramente, se afirma que las propuestas del ciudadano Andrés Manuel López Obrador (de quien aparece su imagen) se presentan como un nuevo modelo económico y, sin embargo, no son más que las políticas implementadas por los gobiernos de José López Portillo y de Carlos Salinas de Gortari (de quienes aparece su imagen), las cuales condujeron, en el primer caso, a una devaluación y, en el segundo caso, a la mayor crisis económica de la historia de México, por lo que se hace un llamado a los espectadores para que no voten por otra crisis". (...) "Ahora bien, de dicho spot no se desprende con claridad su autoría u origen; sin embargo, lo que sí es claro es que se trata de favorecer a Víctor González Torres a partir de una comparación con Andrés Manuel López Obrador, esto es, la intención del promocional es la de destacar atributos personales del primero de los ciudadanos citados y de no hacerlo respecto del segundo de ellos, por lo que existe un fuerte indicio de que el autor, patrocinador o creador de dicho spot fue precisamente Víctor González Torres máxime que no hay elemento alguno del cual se pudiera desprender que dicho ciudadano se opuso o intentó impedir la difusión de dicho spot". (...) "Ahora bien, los mensajes antes precisados, atribuidos al Consejo Coordinador Empresarial, las empresas Sabritas y Jumex, el ciudadano Víctor González Torres, llamado el Dr. Simi, así como la campaña de Demetrio Sodi, no pueden considerarse como aportaciones en especie al Partido Acción Nacional, toda vez que, no existen elementos que evidencien una relación directa, inmediata e indubitable, tendente a beneficiar o promocionar a dicho instituto político o a su candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. (...) Sin embargo, esta Sala Superior estima que si bien tal proceder debe ser lo ordinario, esto es, la regla a la que deben sujetarse tales aportaciones, no puede ignorarse el hecho de que en determinado momento lleguen a existir aportaciones que, no obstante sean recibas por un partido político, no sean reportadas como tales por parte de dicho instituto político". (...) "En efecto, en primer lugar cabe destacar que los hechos invocados consistieron en que se había enviado un correo electrónico en el que se informaba que Yolanda Quino Rodríguez había recibido una llamada telefónica en la que alguna persona calumniaba y difamaba al candidato de la coalición a la Presidencia de la República , sin embargo, no se aportó mayor información". (...) "Sin embargo, esta Sala Superior no pasa por alto que las declaraciones analizadas del Presidente de la República Vicente Fox Quesada, se constituyeron en un riesgo para la validez de los comicios que se califican en esta determinación que, de no haberse debilitado su posible influencia con los diversos actos y circunstancias concurrentes examinados detenidamente, podrían haber representado un elemento mayor para considerarlas determinantes para en el resultado final, de haber concurrido otras irregularidades de importancia que quedaran acreditadas". (...) "Por tanto, los programas sociales no deben utilizarse como medios para presionar al electorado, ni diseñarse con la intención evidente de favorecer a un candidato o partido político determinado. (...) En el caso, uno de los contendientes señala la pretendida utilización de programas sociales, para beneficiar al candidato del Partido Acción Nacional. Sin embargo, en las constancias no se observa lo atinente a la existencia de conductas de esa índole, o los indicios que se arrojan son tan exiguos, que no es posible tener como ciertas circunstancias de tal gravedad, que afecten de forma trascendente la libertad del sufragio". |
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