Octubre
2005 Suplemento No.
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AGENDA GLOBAL DE LA REFORMA DEL ESTADO Asociación Nacional para la Reforma del Estado 1. Sistema electoral y representativo:
2. Derechos humanos, seguridad y justicia:
3. Federalismo, municipios y autonomías:
4. Equilibrio y fortalecimiento de los poderes:
5. Reforma laboral y social:
6. Energía y recursos naturales:
7. Finanzas públicas:
8. Desarrollo económico:
9. Política exterior de Estado
10. Revisión integral de la Constitución
Agenda Ciudadana de Pátzcuaro 1. Establecimiento de un nuevo pacto político, económico, social, ambiental y cultural. 1.1.
Diseñar y promover la celebración de una Cumbre o Acuerdo
Nacional con participación ciudadana y de todos los actores públicos
y privados, para la formulación de un Nuevo Pacto Político,
Económico, Social, Ambiental y Cultural de carácter histórico,
de modo tal que coadyuve a tejer una mayoría política, que
garantice la gobernabilidad del país y un tránsito hacia
un desarrollo políticamente democrático, económicamente
sostenido, ambientalmente sustentable, socialmente justo y que reconozca
y fortalezca el carácter social de la propiedad de los recursos
naturales e industrias estratégicas (agua, tierra, biodiversidad,
patrimonio cultural y espectros de radiocomunicación. petróleo
y energía, principalmente). Debe garantizarse la orientación
humanista del desarrollo y restablecer el carácter social del Estado
con responsabilidad hacia el respeto y vigencia de los derechos humanos
de todas las personas en nuestro país y de las y los mexicanos
fuera del territorio nacional. 1.3. De manera complementaria, deberán formularse las iniciativas de sustitución o reforma integral del marco jurídico secundario. 1.4. Asimismo, deberá mandatarse el redimensionamiento y la refundación de las instituciones del Estado encargadas de operar, desde los tres poderes y los distintos niveles y órdenes de gobierno, el nuevo pacto con base en el fundamento constitucional y reglamentario que el Congreso apruebe. 2. Incorporación de los derechos humanos como eje rector de una revisión integral de la Constitución y de las leyes secundarias. 2. 1. Hacer una revisión integral de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como de las de las entidades federadas, teniendo como eje rector el concepto de los derechos humanos. En esa perspectiva, deberá reconocerse, constitucionalmente, a todos los tratados de derechos humanos una jerarquía superior a la de los órdenes normativos federal y local, con el señalamiento expreso de que todos los poderes públicos se someterán a los mismos cuando confieran mayor protección a las personas que la Constitución o que los ordenamientos derivados de ella. Además, se deberá establecer un programa para el retiro de las reservas y declaraciones interpretativas y de ratificación inmediata de los tratados internacionales de nueva creación o los que estuviesen pendientes en materia de derechos humanos. 2.2. Los derechos humanos tienen como garantía a un Estado con varias dimensiones, por lo que es necesario el reconocimiento del pluralismo jurídico, estableciendo mecanismos de compatibilización y armonización de los sistemas jurídicos existentes. 2.3. Promulgar leyes generales reglamentarias de todos los derechos humanos. 2.4. Desarrollar los mecanismos subsidiarios de intervención de los poderes federales en las entidades federativas ante violaciones graves o sistemáticas a los derechos humanos atribuibles a las autoridades locales. 2.5. Conferir autonomía a todas las comisiones públicas de derechos humanos y dotarlas de la facultad de promover iniciativas de ley en sus ámbitos respectivos, presentar acciones de inconstitucionalidad y ampliar su competencia a asuntos laborales, electorales y administrativos, así como de orden discriminatorio y cultural, en el ámbito jurisdiccional. 2.6. Definir y aplicar un programa de acción integral en materia de las y los defensores de los derechos humanos que comprenda la protección a su función y el reconocimiento de su labor, al tiempo que fortalezca su participación en labores de escrutinio público en los juzgados cívicos, agencias del ministerio público y en todos los sitios de detención, arresto, retención o reclusión, entro otros ámbitos. 2.7. El Estado debe ser el garante de las distintas formas de vida, organización familiar y comunitaria y prácticas culturales, sin discriminación de etnias, clase, religión, género, opciones o preferencias sexuales, generacionales, capacidades diferentes y de salud o expresión corporal. 2.8. Establecer con precisión la penalización de la discriminación y etiquetar presupuestos que garanticen juicios justos, incluyendo programas de traductores en lenguas indígenas y fortalecimiento de la defensoría pública como parte de la garantía constitucional a un juicio justo. 2.9. Fortalecer los mecanismos públicos responsables de promover la equidad de género (institutos, coordinaciones, comisiones), así como las unidades sectoriales responsables de incorporar la perspectiva de género en las políticas sectoriales de los poderes ejecutivos; promover la creación de comisiones especializadas en los congresos locales y áreas de género en los poderes judiciales y órganos autónomos correspondientes. Desarrollar y apoyar mecanismos de articulación entre todas esas instancias. 2.10. Promover la eliminación del uso de estereotipos, prejuicios y estigmas (por sexo, edad, raza, etnia, condición económica, orientación sexual, religión o pertenencia política), así como de conductas discriminatorias en todos los instrumentos de carácter público que inciden en la formación y socialización de la población: en el campo educativo, en los medios de comunicación, en los espacios de difusión de la cultura y en la prestación de los servicios públicos. 2.11. Mantener separadas las funciones de las policías preventivas de las de los cuerpos que realizan tareas de investigación de delitos, y excluir la procuración de justicia del Sistema Nacional de Seguridad Pública; reordenar este sistema de manera que la Policía Federal Preventiva apoye la profesionalización de las policías locales, sin reemplazarlas. Asimismo, promover la sustitución progresiva y verificable de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública. 2.12. Fortalecer los mecanismos actuales de investigación de los crímenes del pasado y el presente, garantizando la reparación integral del daño. Las comisiones de la verdad han sido creadas por los Estados bajo la presión de la sociedad civil como resultado de graves violaciones a los derechos humanos.
3.2. Reconocimiento de los pueblos indígenas como parte fundadora del nuevo pacto federal, así como de las autonomías indígenas (comunitarias, municipales y regionales) en la estructura jurídica institucional del Estado como un orden de gobierno (llevar a pleno efecto los Acuerdos de San Andrés. firmados por el gobierno hace casi diez años). 3.3. Afirmar el Estado laico como garantía para una efectiva redistribución de poder hacia toda la ciudadanía, al no privilegiar una orientación particular proveniente de ningún credo o religión, porque el Estado tiene que gobernar para todas y todos. 4. Revisión del régimen de gobierno nacional, estatal y municipal. 4.1. Revisar el régimen de gobierno, nacional, estatal y municipal, en la perspectiva de garantizar la gobernabilidad democrática, un auténtico equilibrio de poderes y la orientación social del desarrollo. 4.2. Acotar las funciones del Poder Ejecutivo Federal y las causales de juicio político y revocación del mandato del Presidente de la República. 4.3. Ampliar las facultades del poder legislativo federal de evaluación de planes y programas de gobierno, abriendo la modalidad de aprobación de presupuestos trianuales o multianuales. 4.4. Dotar al Senado de la República de facultades que le permitan participar en el diseño, revisión y construcción de la política exterior, en los procesos de negociación y evaluación de los tratados internacionales, y mandatar la renegociación de acuerdos comerciales. 4.5. Precisar y delimitar las facultades del Congreso de la Unión para legislar sobre la cultura y sobre sus respectivas instituciones. 4.6.
Reconocer y fortalecer al municipio como fuente de soberanía popular
y como parte fundadora del nuevo pacto federal con soberanía, reconociendo
su heterogeneidad y diversidad, así como otorgarle nuevas potestades,
incluyendo la cuestión tributaria. Reconocer la libertad de los
municipios para organizarse y asociarse. 4.8. Reconocimiento en el texto constitucional de la soberanía de los pueblos indígenas sobre su territorio y sus recursos. 4. 9. Instituir la participación y representación de los pueblos indígenas en el Congreso de la Unión, en el Poder Ejecutivo Federal y el Poder Judicial de la Federación, mediante instancias y mecanismos culturalmente pertinentes y basados en las formas democráticas que han ejercido consuetudinariamente los propios pueblos. 4.10. Establecer constitucionalmente el nuevo estatuto jurídico del Distrito Federal, con el fin de hacer corresponder los derechos y obligaciones de sus ciudadanos y los de su gobierno a los términos que corresponden a los estados federados. 4. 11. Promover una profunda transformación en el sistema de justicia, que garantice el Estado de Derecho en todos los órdenes y la exigibilidad de los derechos humanos. Dicha reforma debe comprender el reconocimiento del derecho de las víctimas, el abandono del modelo de enjuiciamiento penal inquisitorio; así como dotar de autonomía a los órganos de procuración de justicia y de fiscalización federal; crear una jurisdicción especializada para adolescentes en conflicto con la ley; incorporar una justicia penitenciaria y acotar la justicia militar a su ámbito propio; igualmente, ampliar el alcance protector del Juicio de Amparo. Asimismo, se deberán unificar en el Poder Judicial de la Federación los órganos jurisdiccionales que están en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, incluyendo los tribunales laborales, administrativos, agrarios y militares. 4.12. Revisar el papel del Consejo de la Judicatura para una mejor estructura de la justicia. 4. 13. Creación de una Comisión de Derechos Culturales y de un Instituto Federal Cultural autónomo. 5. Incorporación a la Constitución de los principales mecanismos de democracia participativa 5.1. Reconocer en el texto constitucional formas y mecanismos de ejercicio de la democracia directa, tales como la iniciativa popular, la consulta ciudadana, el plebiscito, el referéndum y la revocación de mandato, para una efectiva participación ciudadana en las decisiones sobre asuntos fundamentales del país, y la posibilidad de candidaturas independientes. 5.2. Facultar al Instituto Federal Electoral como la autoridad encargada de organizar y vigilar los procesos refrendario y plebiscitario. 5.3. Incorporar la participación ciudadana como principio constitucional. 5.4. Establecer la obligatoriedad del referendo para toda reforma constitucional en aras de lograr la estabilidad de la Constitución. 5.5.
Establecer la iniciativa social popular para la legislación y los
programas públicos. 6.
Consolidación de los mecanismos de participación ciudadana
en la definición y desarrollo de las políticas públicas
y del sistema de justicia. 6.2.
Prever la participación de los usuarios, beneficiarios o actores
sociales, en aquellas ramas de la administración pública
que están encargadas de la planeación, la gestión
y la evaluación de decisiones públicas; esta participación
debe darse en el diseño de políticas de largo plazo que
se traduzcan en servicios públicos. Se deberán crear y reconocer
en la legislación a los Consejos Gestores de Políticas Públicas
para los tres órdenes de gobierno, con decisiones vinculantes. 6.4. Todos estos mecanismos de democracia participativa deben atender la perspectiva de género, el respeto a la pluriculturalidad y la no discriminación. 6.5.
Incorporar mecanismos de transparencia en los procedimientos constitucionales
de designación de servidores públicos de alto nivel no electos
para los poderes federales y los órganos autónomos, que
permitan a la sociedad aportar oportunamente a los órganos decisorios
elementos de juicio respecto a la idoneidad de las personas propuestas. 6.7. Eliminar los obstáculos legales que impiden la transparencia en la gestión de todas las comisiones públicas de derechos humanos. Garantizar métodos de consulta a la sociedad en la selección de quienes dirigen y participan en los consejos ciudadanos (consejeros ciudadanos), así como promover la transparencia y la rendición de cuentas por parte de todos los organismos públicos dependientes del Poder Ejecutivo y que tengan atribuciones en el ámbito de los derechos humanos. 6.8. Reforzar los sistemas de control social y de transparencia en las actuaciones judiciales. 6.9.
Garantizar la consulta y participación de los pueblos en la elaboración
de aquellas leyes que repercutan directamente sobre la biodiversidad,
sus conocimientos, sus recursos y su propiedad intelectual, incluyendo
la de carácter colectivo, sobre la base del Protocolo de Cartagena
y otros lineamientos internacionales. 7. Reconocimiento de los derechos culturales como parte substantiva del desarrollo humano y económico del país 7.1.
Incorporar en la Constitución el derecho a la cultura y a la comunicación
como una garantía individual y de las colectividades, e igualmente
el derecho de acceso a la información y los bienes y servicios
culturales, llevando a su aplicación jurisdiccional los convenios
y tratados internacionales suscritos por México en materia de cultura
y educación. La Constitución debe también establecer
la propiedad nacional del patrimonio cultural y la viabilidad de nuevas
formas de declaratoria patrimonial. 7.4.
Establecer el derecho de los pueblos indios a la elaboración de
los planes y programas educativos en concurrencia con el Estado, y a la
comunicación intercultural. 7.7.
El Estado debe garantizar la protección de las industrias culturales
ante los tratados de libre comercio, integran- do un principio de excepción
cultural o tratamiento diferenciado para la cultura. Modificar las condiciones
comercia- les pactadas en el Tratado de Libre Comercio de América
del Norte, sustrayendo las industrias culturales de ese acuerdo comercial,
en concordancia con la política promovida por la UNESCO en la Convención
sobre la Protección de la Diversidad, a través de medidas
que garanticen el acceso a los públicos, la limitación en
la propiedad de los circuitos de difusión y distribución,
y los incentivos fiscales necesarios para el desarrollo de la producción. 7.9.
Abordar el tema del acceso a la sociedad de la información desde
una perspectiva que incluya la infraestructura digital y de comunicación,
así como el establecimiento de los marcos regulatorios para las
empresas de telecomunicaciones y de tecnología, que garanticen
el desarrollo y competencia de contenidos locales. 8.1. Redefinir el concepto de soberanía recuperando y revisando las nociones de soberanía popular, laicidad del Estado y seguridad nacional. En esta redefinición se debe considerar al Estado y sus instituciones en su papel orientador, regulador y garante de los derechos humanos. A su vez, debe estar fundamentada en el reconocimiento de la ciudadanía en ejercicio pleno de sus derechos integrales. En particular, la actualización de la doctrina y estrategia de la seguridad nacional debe hacer la diferencia entre seguridad nacional y seguridad pública y construirse con amplia participación civil, estableciendo mecanismos de transparencia y rendición de cuentas. 8.2.
Incluir en la Constitución un capítulo exclusivo sobre política
exterior, revisando desde la perspectiva de pleno respeto y vigencia de
los derechos humanos, los principios normativos que hoy se establecen,
y haciéndolos vinculantes para todos los órganos del Estado. 8.4. Apoyar la iniciativa legislativa conducente a independizar definitivamente al Servicio Exterior Mexicano de la jurisdicción de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, a fin de que la ley correspondiente tenga competencia exclusiva en el ámbito de acción de la Secretaría de Relaciones Exteriores. 8.5. Impulsar una política migratoria que garantice el cumplimiento y la exigibilidad de todos los instrumentos internacionales de protección de los y las mjgrantes. Igualmente, se deben garantizar los derechos humanos de las y los migrantes extranjeros en nuestro territorio, poniendo especial atención al caso de los de origen centroamericano. 8.6. El voto de mexicanos y mexicanas en el extranjero no debe reducirse a la elección presidencial, sino ampliarse a la elección de legisladores y legisladoras. 9. Redefinición de la inserción de México en la globalización 9.1. Hacer un replanteamiento de la actual relación inercial con América del Norte a partir de nuestro propio proyecto de nación. 9.2.
Apoyar la inserción paulatina de México en la Comunidad
Sudamericana de Naciones y posteriormente impulsar la incorporación
de los países de Centroamérica y el Caribe para convertirla
en una Comunidad latinoamericana. 9.4. Ante la crisis actual del Sistema de Naciones Unidas y ante la falta de legitimidad del modelo económico promovido por las instituciones financieras internacionales, es necesario fortalecer y priorizar el sistema multilateral por encima de los acuerdos bilaterales y redefinir las relaciones con dichas instituciones con base en el interés nacional. 10. Prioridades de la reforma electoral 10.1. Fortalecer los mecanismos de fiscalización del financiamiento público y privado que reciben los partidos políticos y las asociaciones políticas nacionales, considerando entre otros: la eliminación del secreto bancario para que las autoridades competentes puedan dar curso a la investigación de posibles irregularidades; un sistema de licitaciones para la compra de los insumos requeridos por los partidos y la inclusión de los partidos políticos como sujetos obligados de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. 10.2. Regular el papel de los medios de comunicación en las campañas electorales, otorgando facultades al instituto Federal Electoral (IFE) para que sea la única instancia que pueda contratar los tiempos de publicidad; impulsando la homologación de las tarifas políticas a las comerciales con el fin de reducir su costo; destinando a los partidos políticos un porcentaje de los tiempos oficiales en medios de comunicación para el desarrollo de sus campañas, descontando el costo que implique de las prerrogativas que les son otorgadas. 10.3. Tipificar nuevos delitos electorales e incrementar la penalización de los ya existentes. Por su importancia sobresale la sanción penal y pérdida de registro del candidato y/o de su partido político, por rebasar los topes de campaña establecidos por la ley o recibir financiamiento ligado a acciones ilícitas y/o del extranjero. 10.4.
Reducir la duración de las campañas electorales (cuando
menos al 50 por ciento de su duración actual); homologar el calendario
electoral; definir y regular los tiempos autorizados para la realización
de precampañas (vigilados y sancionados por el IFE), y que se rijan
a partir de un calendario único. |
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