17
de abril 2006 Suplemento
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hostigador en la violencia laboral: María Reyes Córdova Usualmente, cuando se trata el asunto de la violencia laboral hacia las mujeres (sin olvidar, evidentemente, que también esto lo padecen los hombres), los programas y políticas públicas se centran en el tratamiento a la víctima. De forma periférica se aborda el tratamiento al hostigador. Llamo la atención sobre esto porque me parece que un tratamiento correctivo y preventivo, debe contemplar de manera igualmente detallada, tanto a la víctima como al victimario. En efecto, aún cuando se haya dado un castigo al victimario, tendríamos que preguntarnos si dicho castigo resulta suficiente para evitar futuros abusos. El agresor basa su comportamiento su percepción de que el hostigamiento sexual es una práctica socialmente tolerada, o en alguna agresión sexual que haya experimentado, entre otros factores, en consecuencia, ¿no tendríamos que llevar a cabo una reeducación sobre este punto para la correcta prevención de actitudes hostiles? En concreto, las agresiones en el trabajo hacia las mujeres por parte de los hombres, o de otras mujeres, han de ser tratadas desde una perspectiva de género, la cual nos permitirá detectar las maneras sutiles y expresas de agresión. En este sentido, resulta útil recurrir a experiencias exitosas realizadas en otros países. Una de ellas son las experiencias contenidas en el interesante documento de la Unión Europea "Guía de buenas prácticas para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y conseguir su erradicación". Este documento, emitido por la presidencia de la UE en 2002, reserva el apartado cuatro para abordar las medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores. Basados en la recomendación de la plataforma de acción de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, que habla de proporcionar, financiar y promover servicios de asesoramiento y rehabilitación para los agresores y promover el estudio de las posibilidades de realizar actividades encaminadas a prevenir su reincidencia, la Guía de buenas prácticas, recopila las acciones más exitosas en la UE sobre este punto. Las medidas preventivas abarcan tratamientos psicológicos o psiquiátricos, guías de cambio de actitudes. Estas medidas destacan que el trabajo con los agresores debe ayudar a que asuman su responsabilidad, evitando todo aquello que el hombre pudiera interpretar como una justificación o una minimización de su comportamiento. Es importante destacar que el trabajo de rehabilitación no se contempla como un sustituto de medidas penales, sino, en todo caso, como complemento necesario para que dichas medidas surtan efecto. Se contempla que la labor a realizar con el agresor deberá incluir mecanismos para lograr de manera segura que en ningún momento, se pone en peligro la seguridad y el bienestar de las víctimas, objetivos a los que hay que dar prioridad. El documento señala que debido a esto, los costes de rehabilitación para el agresor no deben caer en detrimento de los costes de rehabilitación para la víctima, sino que deben financiarse desde otras partidas presupuestarias. Parte importante que destacar del documento es la necesidad de la conceptualización de la violencia contra las mujeres, sin la cual, sería muy difícil detectar las formas expresas y sutiles de agresión. En este sentido, hemos de considerar un mayor acercamiento entre los centros académicos que investiguen estos temas, y los actores sociales que incidan en los programas y políticas públicas. El documento pasa revista a algunas experiencias exitosas en países europeos. Cabe destacar la experiencia de Alemania, en cuyos programas incluye medidas que les ayuden a cambiar la mentalidad que subyace a la violencia, así como de la realización de programas piloto que evalúen con rigor la eficacia de dichas medidas, para su posterior generalización. En el caso del Reino Unido, las evaluaciones de sus programas de rehabilitación a agresores toma en cuenta la opinión de las víctimas. Hostigamiento sexual en el trabajo Lic. Angello A. Baños Terrazas Las mujeres han sido y son el blanco de agresiones como la violación, la violencia social, la violencia familiar, el hostigamiento sexual, entre otras. Estos actos de violencia se presentan en diversos ámbitos como en las calles, en el hogar, lugares públicos, en los lugares de trabajo, entre otros. Es hasta hace muy pocos años que este tipo de agresiones se empiezan a considerar como problemas reales y visibles y la forma en cómo afectan la integridad personal de las mujeres al impactar en su condición física, psicológica, moral y social. El hecho de que hoy estemos hablando abiertamente de esta problemática, tiene que ver en mucho con la lucha de las mujeres feministas y no feministas de nuestro país. Este tipo de situaciones suceden entre muchos otros aspectos, por la existencia de una relación desigual de poder entre los sexos, derivada de la sociedad patriarcal en la que convivimos mujeres y hombres, en la cual se subraya la supuesta superioridad masculina sobre la femenina, dictándose los comportamientos, conductas y valores que cada sexo debe asumir. De esta manera, al sexo masculino se le adjudica la agresión, la inteligencia, la fuerza y la eficacia; mientras que al sexo femenino se le adjudica la pasividad, la ignorancia, la docilidad y la ineficacia. Es así como la violencia de los hombres hacia las mujeres se justifica dentro de la sociedad patriarcal, como un mecanismo para mantenerlas en el lugar que les ha sido asignado históricamente, la subordinación. El hostigamiento sexual en el trabajo ha sido por muchos años un problema que padecen mayoritariamente las mujeres que se incorporan al mercado laboral. Esta problemática es una clara violación a los derechos humanos y sexuales de las trabajadoras, así también, representa un problema de discriminación laboral por razones de sexo. El hostigamiento sexual está relacionado no sólo con la posición que ocupan las mujeres en la estructura jerárquica laboral, sino con la posición de subordinación que tienen en la estructura social. Un gran número de mujeres desconocen lo que es el hostigamiento sexual. Algunas lo sufren sienten molestia, pero no lo identifican como tal; y si lo identifican, no lo denuncian, por temor a represalias o porque desconocen sus derechos. A pesar de que este comportamiento también puede darse de parte de una mujer hacia un hombre, entre homosexuales, o de homosexuales a heterosexuales o viceversa, en el 95% de los casos se trata de un hombre que acosa a una mujer. El hostigamiento sexual es una conducta no deseada, sea verbal o física, que humilla, insulta y degrada a las personas. Esta conducta puede ser repetitiva o presentarse una sola vez. Como todo tipo de violencia hacia las mujeres el hostigamiento se basa en la cultura imperante en donde a los hombres se les educa para ver a las mujeres como objetos sexuales de su propiedad. Dado este condicionamiento cultural, algunos hostigadores no se percatan de lo ofensivo de su conducta. Incluso hay quienes piensan que las mujeres desean ser hostigadas y que el hombre debe ser hostigador (conquistador) para cumplir con su papel como tal. Los hombres confunden el coqueteo con el hostigamiento. En los centros de trabajo, el hostigamiento sexual es cualquier acción o hecho no deseado de carácter sexual de parte de cualquier persona, ya sea jefe/a o un compañero/a de trabajo. No se trata de un coqueteo basado en un consentimiento mutuo, sino de una demostración de poder con la cual se intimida, coacciona o humilla. Es una forma de persecución en el centro de trabajo que suscita una inquietud creciente y que abarca una amplia gama de avances sexuales no deseados. Entre estos se encuentran: Los
contactos físicos innecesarios tales como caricias, rozamientos
o palmaditas; las observaciones sugerentes y desagradables acerca del
cuerpo y la vestimenta, chistes, bromas o agresiones verbales; invitaciones
comprometedoras que causan malestar; exhibición de pornografía
en los lugares de trabajo; demanda de favores sexuales; miradas lascivas
e invitaciones a tener relaciones sexuales no deseadas. Negativa a ascensos o aumentos de salario; transferencia del lugar de trabajo; incremento de las cargas de trabajo; negativa a prestaciones, promociones y derechos; referencias negativas de la trabajadora; evaluación negativa del desempeño laboral y ausentismo y despido o renuncia. A nivel psicológico y físico el hostigamiento sexual provoca: Ira, ansiedad, nerviosismo, vergüenza, baja autoestima, degradación o culpabilidad por creer que ellas lo han provocado, insomnio, dolores de cabeza e inapetencia. El hostigamiento sexual es uno de los principales factores para que las mujeres no accedan a los cargos de dirección en los centros laborales y ello implica la limitación ocupacional como parte de la discriminación que los hombres ejercen contra la población femenina ante la escasez de oportunidades de trabajo. El hostigamiento sexual es una reacción de la población masculina ante los cambios de costumbres y, sobre todo, ante la competitividad laboral, luego de la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Así el hostigamiento sexual es una forma de segregación ocupacional ejercida por los hombres. La lógica de esta discriminación es que si la mujer realiza trabajo "masculino" y amenaza la fuente de empleo de éstos, entonces ellos amenazan la sexualidad de las mujeres . Es importante decir que se han distinguido dos tipos de hostigamiento sexual: el quid pro quo o acoso por chantaje y el ambiente hostil u hostigamiento por intimidación (cursivas nuestras). En el primer caso, el hostigador está investido de una posición jerárquica laboral superior a la de la receptora y con poder de dirección propio, pudiendo utilizar el rechazo o la aceptación como amenaza para fundamentar una decisión que afecta las condiciones de trabajo de la persona hostigada. El segundo caso, no necesariamente involucra a personas en una relación laboral vertical, donde una de las personas está en capacidad de ofrecer o afectar condiciones de trabajo a cambio de un favor sexual, sino que se da entre compañeros de trabajo creándose un ambiente ofensivo de abuso e intimidación . Así también, se destaca que existe la tendencia a creer que la persecución sexual que reciben, de alguna forma ellas la han provocado, presentándose sentimientos de culpa, que las llevan a considerar este problema como personal, temiendo la reprobación de los demás. Al contrario de lo que muchas personas piensan, no es generalizado el que las mujeres deseen ser hostigadas, no les resulta halagador, como lo demuestran las investigaciones que se han hecho al respecto . Otro hecho se refiere, a que a pesar de los sentimientos de culpa, muchas mujeres platican con algunas compañeras/os de trabajo, sus amigas o familiares este problema, observándose que algunas manifiestan su desacuerdo a la persona que las hostiga. Independientemente de que enfrenten o no el problema de manera abierta, se sienten atemorizadas de expresarlo, ya que pueden ser ignoradas, desmentidas y consideradas poco profesionales; temen también que se les considere como personas conflictivas, o que las hagan sentir que son incidentes triviales por los que no deben preocuparse. Este tipo de actitudes hacia las mujeres generalmente se presentan entre los hombres, aunque no es extraño encontrar que las mismas mujeres no reconozcan en otra este problema. El hostigamiento sexual en nuestra sociedad es un problema invisible, o mejor dicho invisibilizado, todas/os sabemos que existe, pero no lo reconocemos como tal. La trivialización de este hecho, ha sido la mejor forma de hacerlo invisible; las bromas y el humorismo al respecto, son un ejemplo de ello (Mackinnon, 1978). Por otro lado, el comportamiento sexual es considerado como un aspecto sensible y privado, especialmente por las mujeres, a quienes se les enseña a esconderlo y reprimirlo. Es tal, que cuando ellas se enfrentan al hostigamiento, deben sentirse avergonzadas y no contar fácilmente estos incidentes, sobre todo porque pueden estar asociados a consecuencias negativas. En México no hay un verdadero estudio sobre el hostigamiento sexual en el trabajo, pero se tienen buenas razones para pensar que el problema no es menor que en países desarrollados. Investigaciones realizadas en Inglaterra, Estados Unidos y Canadá muestran que 3 de cada 4 trabajadoras han sido hostigadas en forma sexual, que 1 de cada 4 de ellas fue despedida del trabajo y 4 de cada 10 renunciaron. El hostigamiento sexual se encuentra tipificado únicamente en el Código Penal, Art. 259-Bis, sin embargo, no incluye una amplia definición de lo que es el hostigamiento; no reconoce la decisión y responsabilidad patronal y sindical de ponerle fin o prevenir el hostigamiento en el lugar de trabajo; no establece que la trabajadora/or víctima tiene derecho a una indemnización; sólo si la conducta del hostigador causa un perjuicio o daño podrá ser considerada como un delio; la existencia de un perjuicio o daño no se puede comprobar mediante este artículo porque se trata de un delito de mera conducta (asedio con fines lascivos) y no se puede llevar a cabo un proceso penal de culpabilidad si la víctima no indicó que la conducta del hostigador no fue deseada. No existen los elementos suficientes para contrarrestar este tipo de violencia, debido a que la legislación es ambigua e insuficiente al no estar incorporada su prevención y sanción en la Ley Federal del Trabajo (en donde debe reconocerse como riesgo de trabajo), ni en los estatutos y contratos colectivos de los sindicatos, aunado a esto, son escasas las instancias creadas para su atención y los empresarios son poco sensibles y no tienen interés para prevenir y erradicar este tipo de actitudes. La impunidad existente es tal, que quienes se atreven a denunciarlo, son despedidas y boletinadas para impedir su recontratación en otras empresas. Ante la presión y carencia de espacios que atiendan el problema, no tienen otra opción más que renunciar sin recibir una indemnización, mientras que otras son acusadas de robo para despedirlas y el hostigador sólo recibe un llamado de atención. Es importante subrayar que este tipo de conducta tiene efectos graves sobre todas las partes en la relación laboral. En la receptora, tiene efectos psicológicos, de orden laboral, de orden físico y personal y de orden social, ya que contribuye a crear estereotipos en el trabajo y limita las opciones de empleo de todas las mujeres. En los hostigadores, puede costarles el empleo o una medida disciplinaria, además de crearles problemas en su hogar, con su pareja y dañarles su reputación. Los efectos en la empresa son cuantiosos: baja productividad, baja moral, pérdida de buenos empleados y pérdida de dinero si se le obliga a pagar salarios caídos e indemnizaciones. Como se observa, con este tipo de conductas todas/os perdemos, razón por la cual debe prevenirse y erradicarse de todos los lugares de trabajo. Se deben tomar medidas enérgicas, como establecer una política por escrito, establecer normas y procedimientos contra el hostigamiento, facilitar la formulación de quejas y capacitar a sus empleadas/os respecto a este problema. Los hostigadores deben tomar conciencia de que están violando los derechos humanos y que pueden llegar a generar los efectos ya mencionados. Por último, las mujeres que son receptoras de esta conducta no deben sentirse culpables y tienen que actuar con rapidez: 1) Confrontar directamente al hostigador y exigirle que detenga su conducta, 2) si la confrontación no es conveniente por alguna razón, informar al supervisor del hostigador, a la persona asignada dentro de la empresa para estos casos y a varios compañeros/as de trabajo, 3) otra opción es escribirle una carta al hostigador para pedir y exigir un alto y guardar una copia de la misma como prueba de que tal situación no era aceptada. Si el hostigador continúa, documente todos los incidentes, con la fecha, hora, lugar, hechos, testigos y su respuesta al comportamiento. Estos datos pueden resultar muy útiles si la receptora se ve obligada a presentar una queja formal a la empresa. Si la queja formal no resuelve el problema, puede interponer una demanda. Las mujeres más que nadie conocen y utilizan distintas estrategias para enfrentar el hostigamiento, los medios que utilizan para defenderse, de manera general son cuatro:
La eliminación del hostigamiento sexual está ligado a la entrada de las mujeres a la igualdad en el trabajo. Los jefes y sindicatos no aceptan de golpe el hecho de que invertir para poner fin a este problema, así como dar pasos hacia la igualdad, entraña una mejoría inmediata de efectividad y de productividad. Quisiera aclarar que no estoy en contra de la sexualidad y de los acercamientos (flirteos o coqueteos) entre hombres y mujeres. Algo muy común entre los hombres, es que piensan que al hacer alusión a este problema que viven principalmente las mujeres, estamos proponiendo que no haya manera en que estos se acerquen a ellas. Nada más erróneo. Lo que se propone es que las relaciones que implican la sexualidad, sean de respeto y se dé la posibilidad de que ambos sexos tengan opción de elegir y aceptar el tipo de relación que desean, sin que tenga que asumir un sexo las demandas sexuales del otro, sólo porque se piensa, que las mujeres deben responder a ellas, por ser las depositarias de la sexualidad masculina y creer en la pasividad y sumisión que ellas deben presentar ante este hecho. La Violencia en Cifras (1) En México mueren diariamente, por causas asociadas a la violencia, 30 mujeres en promedio; una de cada cinco muertes violentas tiene lugar en el hogar; alrededor de 23 son producidas por accidentes; seis, por homicidios y suicidios, informó el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI). Las tasas más altas de homicidios y suicidios -juntos- las registran los estado de Quintana Roo, con siete muertes por cada 100 mil mujeres, y Chihuahua, con seis homicidios y suicidios por cada 100 mil mujeres, así como Oaxaca, Colima, México, Guerrero y el Distrito Federal, con poco más de 5 muertes por violencia (homicidios y suicidios) por cada 100 mil mujeres en cada una de estas entidades. Las muertes violentas entre mujeres son fundamentalmente de 15 años y más. 80 de cada 100 muertes femeninas por accidentes, homicidios y suicidios están en ese rango de edades; 42 de cada 100 son de mujeres de 15 a 49 años. Una quinta parte de los decesos femeninos por causas violentas son de mujeres menores de 15 años. En cuanto a los homicidios, 44 de cada 100 agresiones se realizan contra mujeres de 15 a 34 años de edad. En relación con los suicidios, 50 de cada 100 lesiones autoinflingidas son de mujeres de 15 a 29 años de edad. En el 2003, 53 por ciento de un total de 10 mil 949 fallecimientos femeninos por causas violentas ocurrieron en ocho entidades federativas: el Distrito Federal y el Estado de México absorbieron poco más del 19 por ciento del total; les siguen Jalisco, con 8 por ciento; Veracruz, con 6 por ciento; Puebla, con 6 por ciento; Guanajuato, con 5 por ciento; Chihuahua, con 5 por ciento, y Michoacán, con 4 por ciento. Asimismo, el Estado de México concentró 24 por ciento de los asesinatos de mujeres ocurridos en 2003 en el país; y 12 de cada 100 suicidios tuvieron lugar en el Distrito Federal. La incidencia de muertes violentas muestra, sin embargo, que la frecuencia de estos hechos es mayor en el estado de Zacatecas, donde ocurrieron 35 muertes violentas por cada 100 mil mujeres; le siguen Chihuahua, con 32; Baja California y Nayarit, con 27 cada uno, y Colima y Aguascalientes, con 26 muertes por causas violentas por cada 100 mil mujeres. La
violencia contra las mujeres no respeta fronteras geográficas,
culturales o económicas, ni edades. Tiene lugar en el trabajo y
en las calles, pero su principal manifestación es dentro del ámbito
familiar. Otras latitudes Mientras en México, se hacen campañas contra el hostigafmiento laboral, la Xunta de Galicia destinará un presupuesto de 1,1 millones de euros en 2006 a fin de proporcionar a las mujeres víctimas de malos tratos una ayuda económica mensual que oscilará entre los 200 y los 600 euros, a los que se sumará un extra de 50 euros por cada hijo menor de edad. Esta ayuda, denominada "Salario da liberdade", es pionera en el resto del Estado español y va destinada a que las mujeres víctimas de violencia de género puedan recuperar su autonomía, siempre y cuando se enfrenten a una situación de convivencia y estén ante una situación de peligro. Para poder optar a esta prestación, las mujeres deberán acreditar que residen en la comunidad gallega, que son mayores de edad y que carecen de recursos. Además, deberán justificar que sufren una situación de violencia doméstica, bien presentando el justificante de una orden de protección, bien una sentencia judicial, o un informe de servicios sociales o de un centro de acogida. El Gobierno gallego ha avanzado que el máximo de 600 euros será concedido a las mujeres que cuenten con una renta inferior al salario mínimo interprofesional o que acrediten una minusvalía superior al 33 por ciento. Asimismo, la Xunta estima que a finales de enero la orden que establece el "Salario da liberdade" saldrá publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), mientras que a finales de febrero o principios de marzo las solicitantes podrían empezar a percibir las ayudas. 1. Guadalupe Vallejo Mora, CIMAC, México. Acciones para la mujer Día internacional de la mujer Y en marzo conmemoramos no un día, sino todo el mes, desde la Secretaría de Acción para la Mujer se programo en Temixco, Morelos, a solicitud de la Delegación Sindical, la presentación de una Obra Teatral, “Don Juan Tenorio”, con la compañía de Teatro independiente No que No, bajo la Dirección de Ana María Nolasco y fue el arranque de toda una jornada político cultural. Celebramos pláticas-taller en las dependencias de Cuernavaca Morelos, en la zona de Institutos, para las dependencias cercanas a la denominada zona 1 de Ciudad Universitaria, en Iztacala, en la Dirección General de Comunicación Social y en la Zona Cultural, también se presentó otra obra de Teatro, intitulada “En la quincena Julio Cesar” en Iztacala, Cuautitlan y Morelos. No podía faltar el entusiasmo de las mujeres de la zona cultural, quienes durante 16 años consecutivos han realizado una semana de jornadas, con ellas tuvimos la oportunidad de presentar cine, debate, un taller y teatro. Nuestro programa inicial quedo corto, teníamos dos objetivos: uno, no dejar pasar desapercibida la fecha y, dos realizar pláticas para presentar el Catálogo de talleres a cargo de las diferentes unidades del INMUJERES del Distrito Federal, provocar con ello el interés de las trabajadoras para que soliciten éstos en sus dependencias. El objetivo fue más que superado, conmemoramos nuestro mes y a se multiplicaron las pláticas, en particular las de Bienestar emocional, climaterio y resolución positiva de conflictos. Aunque cabe aclara que el catálogo es muy basto, y las compañeras podrán solicitar otros temas. Las pláticas y talleres son una actividad primordial para hacer crecer la conciencia de género, a partir de la discusión y vivencia de diversos tópicos, las mujeres podemos reconocernos, apoyarnos y empoderarnos no solo en la conquista de derechos en el terreno laboral, sino para todos los ámbitos de nuestra vida cotidiana. DIRECTORIO Secretario General: Ing. Agustín Rodríguez Fuentes Secretario de Prensa y Propaganda: Alberto Pulido Aranda Secretaria de Acción para la Mujer: C. Leticia Arteaga Morita Consejo de Redacción: Leticia Arteaga Morita, Cecilia Zamudio Navarrete, Daya Valdovinos Sánchez y Carolina Ledezma Carbajal. |
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