ATRIBUCIONES ESTATUTARIAS

Artículo 52. Son atribuciones del Secretario de Análisis, Estudios y Estadísticas:

a) Presentar los estudios sobre las condiciones salariales y el nivel de vida de los miembros del Sindicato, así como de los asalariados del país.

b) Intervenir junto con el Secretario de Trabajo en la elaboración de los proyectos de Revisión Contractual y Salarial.

c) Estudiar la composición socioeconómica de la membresía del Sindicato.

d) Realizar la estadística necesaria para garantizar la correcta administración del Contrato Colectivo de Trabajo.

e) Acordar con el Secretario General los asuntos a su cargo.

f) Las demás que le confiere el Estatuto, los acuerdos sindicales y las que se desprendan de la naturaleza de su cargo.