STUNAM

 

Respecto al padrón de socios al que hace referencia el artículo 78 de la LGTAIP, es importante precisar que dicho padrón contiene información confidencial, la cual posee datos personales concernientes a una persona identificada o identificable; por tanto este Sujeto Obligado tiene la obligación de salvaguardar la esfera más íntima de los datos personales de sus agremiados, ya que cuya utilización indebida puede dar origen a un riesgo grave para éste. Lo anterior de conformidad con lo que establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.